03 de Febrero de 2025 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Constitucional


Fallo sobre competencia de la Procuraduría para sancionar a servidores públicos de elección popular

03 de Febrero de 2025

Reproducir
Nota:
222916
Imagen
mallete-justicia-derecho2think-1509242188.jpg

La Corte Constitucional publicó el fallo mediante el cual reiteró su precedente sobre la competencia de la Procuraduría para disciplinar a servidores públicos de elección popular contenido en las sentencias SU-381 y SU-382 del 2024. En ese sentido, dejó sin efectos la decisión del Consejo de Estado que anuló la destitución e inhabilidad general impuesta por el ente de control en el año 2014 al entonces alcalde de San José de Fragua (Caquetá) Duber Fabio Trujillo Medina.

En la demanda de tutela, la Procuraduría señaló que el fallo cuestionado desconoció las competencias constitucionales y legales que tiene para ejercer el control disciplinario de los servidores públicos, incluso de aquellos que lo son por elección popular, competencias que además estaban avaladas por la jurisprudencia constitucional al momento de adoptar la decisión y que, incluso, actualmente son reconocidas. (Lea: Reiteran precedente sobre competencia de la Procuraduría para disciplinar a servidores públicos de elección popular)

La decisión del Consejo de Estado indicó que procedía la nulidad de los actos que imponían dichas sanciones porque era lo que correspondía hacer en ejercicio del control de convencionalidad sobre las normas legales que permitían al Ministerio Público declarar la destitución del servidor público y establecer una inhabilidad general. A su juicio, esas competencias eran incompatibles con lo previsto en el artículo 23.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

La Corte ordenó a la subsección B de la Sección Segunda, dentro de dos meses siguientes a la notificación del fallo, resolver de fondo la demanda teniendo en cuenta que la Procuraduría sí tenía competencia para sancionar con destitución e inhabilidad a los servidores públicos de elección popular para la fecha en que fueron proferidos los actos administrativos demandados dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho 18001-23-33-000-201500321-02. (Lea: Consejo de Estado revisará sanciones impuestas por la Procuraduría a funcionarios elegidos popularmente)

De otra parte, reiteró el exhorto realizado en la Sentencia C-030 del 2023 al Congreso a adoptar un estatuto de los servidores públicos de elección popular, incluido un régimen disciplinario especial, que materialice los más altos estándares nacionales e internacionales en materia de protección y garantía de los derechos políticos y electorales (M. P. Jorge Enrique Ibáñez Najar).  

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)