13 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 4 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Declaran cumplimiento bajo al objetivo de garantizar diálogo genuino con autoridades legítimas del pueblo wayuu

12 de Noviembre de 2024

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Recursos recaudados a través de facturas de energía para soluciones energéticas en La Guajira deberán ser devueltos (Minenergía)

Mediante auto del pasado 21 de octubre, la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017 declaró cumplimiento bajo del objetivo octavo dirigido a garantizar un diálogo genuino con las autoridades legítimas del pueblo Wayuu y, en ese sentido, ordenó tres remedios constitucionales para superarlo: 

(i) Elaborar una propuesta dirigida a ajustar el procedimiento de reconocimiento y registro de las figuras de representación, liderazgo y vocerías del pueblo indígena Wayuu, de manera que estos instrumentos jurídicos coincidan con la cosmovisión y formas de organización social y territorial del pueblo indígena wayuu (lea: Declaran bajo cumplimiento de orden del fallo que protegió derechos de niñez Wayuu).

(ii) Realizar una consulta previa con miras a que los indígenas wayuu puedan expresar sus opiniones, críticas y sugerencias sobre la nueva forma de relacionamiento entre el Estado y su pueblo.

(iii) Traducción fiel al ‘wayuunaiki’ y divulgación del presente auto.

La medida sobre el cumplimiento bajo obedece a que se identificaron bloqueos institucionales y prácticas inconstitucionales que impiden una participación real y efectiva de las comunidades wayuu en la implementación del fallo (Lea: Empieza seguimiento a sentencia que protegió derechos de la niñez Wayuu).

Según el alto tribunal, entre otras dificultades, se halló que las figuras de las asociaciones de autoridades tradicionales indígenas, las autoridades tradicionales indígenas y la noción de comunidad están desconectadas de la cosmovisión y la organización social del pueblo wayuu, es decir, no hacen parte de sus construcciones ontológicas (M.S. José Fernando Reyes Cuartas).

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