Mindefensa debe informar fecha aproximada de pago de sentencia a ciudadano
20 de Marzo de 2024
Una ciudadana interpuso acción de tutela en contra del Ministerio de Defensa (Mindefensa) invocando la protección de su derecho de petición, por cuanto la entidad no brindó una respuesta de fondo a la solicitud que presentó sobre la fecha aproximada de pago de una sentencia que tiene a su favor.
La entidad indicó que el pago se realizará conforme “al turno asignado para tal fin, respetando el derecho a la igualdad que le asiste a todos los beneficiarios finales”.
Después de encontrar acreditados los presupuestos de procedencia de la acción de tutela, la Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional concluyó que Mindefensa vulneró el derecho de petición de la señora al no brindar una respuesta precisa y de fondo frente a la pregunta dirigida a conocer la fecha aproximada de cumplimiento de un crédito a su favor.
Allí, el alto tribunal indicó que el cumplimiento del sistema de turnos y su razonabilidad no exime a las entidades del deber de informar al peticionario la fecha probable en que se atenderán las solicitudes de reconocimiento y pago de las obligaciones a su favor, conforme con la regulación aplicable y el marco de sus competencias.
Por ello, la Sala resaltó que es imperativo que las entidades brinden una fecha aproximada derivada de un cálculo originado en las particularidades del sistema de turnos utilizado y de las reglas sobre el cumplimiento efectivo de las obligaciones a su cargo.
En consecuencia, la Sala ratificó la orden dada al Mindefensa de brindar una respuesta de fondo, clara y precisa a la ciudadana sobre la fecha probable en la que recibirá el pago de acreencias originado en la sentencia que tiene a su favor (M. P.: Vladimir Fernández Andrade).
Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites
Siga nuestro canal Legis Ámbito Jurídico en WhatsApp.
Paute en www.ambitojuridico.com/paute-aqui.
Opina, Comenta