27 de Julio de 2024 /
Actualizado hace 4 horas | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Online

Sobre libros de tutela

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Giovanni Rosanía Mendoza
Magíster en Derecho Público

Algunos colegas tuvieron a temprano momento la vocación hacia el derecho constitucional. Nuestro encuentro con esta área se acercó con el ejercicio profesional, concretamente dentro del entorno de la acción de tutela. Luego nos dirigimos a cursar la especialización en derecho constitucional, y de ahí en adelante surgió la búsqueda de mayores profundizaciones sobre los distintos tópicos que ofrece esta área del Derecho: los aspectos históricos, políticos, dogmáticos, orgánicos, procesales, entre otros.  En efecto, el derecho constitucional ofrece dentro de su contexto diferentes sectores, de los que solo se puede conocer a través de precisas lecturas y estudios disciplinados. En este sentido, se forman expertos en teoría política, teoría constitucional, interpretación constitucional, jurisprudencia constitucional, mecanismos de control constitucional, procedimientos constitucionales, teoría de las leyes, derechos fundamentales, justicia transicional y demás temas.

Recuerdo haber recibido como obsequio el libro La tutela. Interpretación doctrinaria y jurisprudencial, de Federico González Campos, edición que aún conservo en mi biblioteca. Sin embargo, faltaban bastantes calendarios para que se albergara la idea de escribir sobre la más impactante acción constitucional configurada en la Carta de 1991. Cuando se aproximó el propósito de escribir un texto sobre la acción de tutela con una dirección pedagógica existían diversas publicaciones acerca de este procedimiento constitucional, tanto que en el prefacio del libro que finalmente fue publicado y titulado Apuntes básicos sobre la acción de tutela, anotamos tal hecho y también plasmamos que se debía estimar y no declarar como deleznable cualquier intención didáctica al respecto. Justamente, eso fue lo que se pretendió con ese trabajo, además de agregarle una proyección dinámica, ágil, sencilla, inclinada a auspiciar claridad sobre los principales aspectos y matices del instrumento que el constituyente había incluido para la defensa de los derechos fundamentales.

Antes de insistir en un nuevo texto sobre la acción de tutela, la abundante bibliografía contaba con destacados escritores que habían desarrollado esta materia, por ejemplo, Oscar José Dueñas Ruiz, Juan Manuel Charry Urueña y Manuel Quinche Ramírez, autores que se convirtieron en maestros a través de las lecturas de sus textos, de manera que insinuar el deseo de escribir sobre el mismo tema ameritaba discusiones internas y externas acerca de la posibilidad de intentar el proyecto de escritura.

Finalmente, decidimos iniciar la travesía de escribir sobre la acción de tutela y pudimos llegar a puerto, hasta el punto de que en tiempo reciente se ha publicado la segunda edición, y lo más importante, el texto tuvo en cuenta el artículo 41 de la Constitución, es decir, la necesidad de una pedagogía sobre el instrumento constitucional, de forma que creemos haber participado de esta enseñanza hacia la ciudadanía.

Hago memoria que en el pregrado los educadores de la época nos enseñaron algunos autores reconocidos en el derecho constitucional colombiano, como Tulio Enrique Tascón, Carlos Restrepo Piedrahita y Luis Carlos Sáchica, entre otros, empero, cuando comenzamos los estudios de Derecho aún no había sido expedida la Constitución de 1991, suceso histórico que entusiasmó el interés hacia el derecho constitucional, y menos se había institucionalizado la acción de tutela.

Actualmente, la dinámica del estudio de la acción de tutela ha llevado a la aparición de diversas publicaciones que tratan, a su vez, los diversos subtemas que se derivan de la misma, como Tutela contra providencias judiciales. La casación constitucional, de Edgar Andrés Quiroga Natale; El principio de inmediatez en la acción de tutela, de Diego León Martínez; La medida cautelar (provisional) en el proceso constitucional de tutela, de Jennifer Patricia Santos Ibarra; El juez de tutela como arquitecto del Estado social de derecho, de Daniela Sanclemente Machado y Carlos Lasprilla Villalobos; Aspectos procesales de la acción de tutela, compilación de artículos que dirigió el profesor Ramiro Bejarano Guzmán para una magnífica publicación de la Universidad Externado de Colombia.

Recientemente, también editado por la Universidad Externado de Colombia, se publicó el texto Tutela jurisdiccional diferenciada vs. debido proceso. La acción de tutela y sujetos vinculados, de Laura Estephanía Huertas Montero, a quien agradezco por haber tenido en cuenta nuestro libro dentro de la bibliografía de apoyo, y a la que felicito, toda vez que hacía falta tratar en una escritura sobre los terceros en la acción de tutela. Al lado de las publicaciones sobre diversos temas de la acción de tutela, no puedo olvidar como referente el trabajo angular del profesor Diego López Medina, El derecho de los jueces, que si bien no es una obra exclusiva sobre ella, sí nos introduce en el estudio de la jurisprudencia constitucional, discurrir procesal que la alimenta.

Seguramente, se nos quedan en el tintero otros libros y autores sobre la acción de tutela y sus diferentes particularidades, de forma que esta acción constitucional auspicia que en adelante continúen apareciendo otras publicaciones que contribuyan al conocimiento jurídico y que nos mantengan como coleccionistas de los libros de tutela editados y de los que hacia el futuro se editarán. Bien valdría entonces promocionar un encuentro de escritores de libros de tutela para compartir las experiencias escriturales y estudios realizados, y además plantear a manera de memorias conclusiones acerca de la evolución que ha tenido la acción de tutela desde la época de su configuración hasta la actualidad.

Les queda igualmente a los docentes universitarios continuar con la enseñanza de la acción de tutela a sus alumnos, inclusive desde sus antecedentes históricos globales y locales, promoviendo círculos de estudio que lleven al desarrollo de artículos y demás exposiciones académicas, que, a su vez, ayuden como aporte hacia la optimización de esta acción constitucional en beneficio del ejercicio del derecho de los ciudadanos, del servicio de las instituciones públicas y de la administración de justicia, comoquiera que del desarrollo de los institutos constitucionales y procesales resulta una medición de los niveles de cultura jurídica de las sociedades.

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