17 de Agosto de 2024 /
Actualizado hace 13 horas | ISSN: 2805-6396

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Licencia de maternidad, ¿cuál es su límite?

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Ana María Muñoz Segura

Profesora asociada Universidad de Los Andes

anmunoz@uniandes.edu.co

 

 

El año pasado se radicó ante la Cámara de Representantes un proyecto de ley[1] que buscaba la ampliación de la licencia de maternidad de 14 a 18 semanas. Este año vuelve el debate con una propuesta similar[2]. Además de la ampliación de las semanas de la licencia, las iniciativas legislativas distribuyen el tiempo de la misma para dar lugar a una licencia previa al parto de dos semanas y otra posterior correspondiente a las 16 semanas restantes.

 

Además de lo anterior, las iniciativas consideran un tratamiento diferente cuando se trata del nacimiento de un niño prematuro, caso en el cual se tomará en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el parto y se le sumarán las 18 semanas de la licencia general; y en el caso de los partos múltiples, se amplía la licencia en dos semanas.

 

Resulta interesante que se contempla la circunstancia de la muerte de la madre antes de terminar la licencia, en cuyo caso al padre se le concederá el tiempo restante de la misma. Situación que no tiene actualmente ningún desarrollo legal, pero que sí ha contado con un par de pronunciamientos jurisprudenciales en el mismo sentido.

 

Las iniciativas justifican su conveniencia en marcos normativos internacionales, los beneficios que trae la atención y cuidado directamente por la madre hacia el niño, la protección a la infancia, los beneficios que ofrece la lactancia materna, entre otros. Argumentos con los que la mayoría estaríamos de acuerdo. Sin embargo, también hay que considerar algunos efectos y mensajes que este tipo de propuestas generaría, toda vez que pueden dar lugar a una serie de efectos adversos para las mujeres, que es, precisamente, el grupo que se pretende proteger.

 

Si culturalmente todavía existe una prevención de algunos empleadores frente al embarazo y la licencia de maternidad, la extensión de la misma solo reforzaría este tipo de concepciones. Con licencias cada vez más amplias, algunos empleadores podrán considerar la inoportunidad de contratar mujeres, que ante un eventual embarazo, si bien es cierto no hay un costo económico adicional, sí puede ser visto como una carga administrativa por un tiempo cada vez más largo. Lo que se traduce en una eventual disminución en la contratación de mujeres. Estas restricciones generarían impacto no solo en la vinculación laboral, sino que incide en términos salariales y, peor aún, en términos pensionales como resultado de la discontinua vida laboral de algunas mujeres.

 

Ahora bien, más allá de los tecnicismos que se pueden incluir o excluir de la norma en construcción, vale preguntarse qué es lo que busca este tipo de reglamentaciones. Si se trata de la protección a la maternidad, es claro que esta no se agota en el momento del parto, sino que es una labor de largo aliento, quedando otras situaciones desprotegidas que también deberían repensarse. ¿No es ejercicio de la maternidad cuidar un hijo enfermo, llevarlo al médico, atender citas y requerimientos escolares que se dan dentro de la jornada laboral, acompañar al hijo adolescente en su proceso de construcción de identidad, entre muchas otras cosas que hacemos las mamás? ¿Para algunas madres no resulta mayor apoyo contar con las 14 semanas actuales y recibir prestaciones que se traduzcan en cuidados, atención, infraestructura que también protejan la maternidad? ¿O empleos donde resulte mejor el equilibrio de la vida laboral y familiar? Es cierto, la protección a la maternidad empieza con el embarazo y el parto, pero este es apenas el inicio.

 

La discusión, incluso, puede abstraerse aún más en el sentido de diferenciar la protección a la maternidad de las condiciones laborales hacia las mujeres, pues hoy no todas quieren ser madres, pero algunas sí necesitan de mecanismos de protección laboral.

 

La primera de las propuestas no modifica la actual licencia de paternidad de ocho días, en tanto que la segunda la amplía a 15 días hábiles. Es indiscutible que ha habido mejoras en este aspecto y que la propuesta sería adecuada, ¿pero persistir en esta diferencia tan amplia entre las licencias maternas y paternas no significa reforzar el modelo de la madre dedicada al cuidado de los hijos en tanto que el padre es solo un acompañante en la distancia? ¿Será una verdad incuestionable que todas las mujeres quieren estar seis meses dedicadas exclusivamente a la maternidad?

 

No es solo el número de semanas de licencia, la discusión va más allá. 

 

[1] P. L. 193 del 2014 Cámara, autores: Christian José Moreno y José Alfredo Gnecco.

[2] Proyecto del Centro Democrático presentado por Tatiana Cabello e Iván Duque.

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