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A mujer víctima de trata de personas se le anuló su cédula de ciudadanía sin previo aviso

Debe preponderar que la cédula que el ciudadano solicita se deje vigente y atender razones de fondo.
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18 de Marzo de 2025

La Registraduría Nacional del Estado Civil vulneró los derechos fundamentales a la dignidad, debido proceso, nombre y personalidad jurídica de una mujer a la que no se le notificó la decisión de cancelar su documento de identidad y, por ende, no se le permitió ejercer su derecho a la defensa. Adicionalmente, indicó la Corte Constitucional, todas las entidades públicas deben prestar atención integral a las víctimas de trata de personas y evitar su revictimización.

La accionante fue registrada en 1977 con un nombre. Sin embargo, en 1994, obtuvo un registro civil y una cédula de ciudadanía bajo otro nombre, identidad impuesta a los 17 años de edad cuando fue víctima de una red de trata de personas que la llevó a Japón para explotarla sexualmente. Durante su vida adulta utilizó la nueva identidad, pero en 2024, al intentar renovar su pasaporte en Madrid, se le informó de un proceso de doble cedulación y nulidad de su documento de identificación.

Con esta decisión, indicó la solicitud de amparo, se vulneraron sus derechos fundamentales, pues con la cancelación del documento de identidad se vieron afectadas todas las situaciones jurídicas y sociales asociadas a su nombre durante más de 30 años. Así mismo, agregó, le urge viajar a Colombia pues su madre está enferma y desea acompañarla, por lo que pidió dejar sin efecto la nulidad.

El alto tribunal concedió el amparo y ordenó a la accionada reiniciar el trámite con apego al debido proceso administrativo y, adicionalmente, tener en cuenta la particular situación de vulnerabilidad de la accionante al momento de expedición del documento de identidad y respetar el deber según el cual se debe dar preponderancia a la cédula de ciudadanía que el ciudadano solicita que se deje vigente, considerar las razones de fondo y evitar cualquier escenario de revictimización.

Concluido dicho trámite deberá garantizar que la accionante cuente con un registro civil válido que coincida con el cupo numérico de la cédula que la identifica. Mientras se surte dicho procedimiento, la accionante podrá identificarse para todos los efectos y trámites con la cédula de ciudadanía que fue anulada. Como medida provisional, se ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores entregar a la accionante un pasaporte de emergencia para garantizar su retorno a Colombia (M. P. Natalia Ángel Cabo).

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