Minjusticia explica cómo cobrar una deuda si no hay un documento formal
Las personas pueden acudir a juzgados civiles o centros de conciliación para resolver el conflicto.
25 de Abril de 2025
El Ministerio de Justicia publicó una guía práctica para quienes deseen reclamar una deuda sin tener documentos que la respalden.
Según el documento, el procedimiento puede iniciarse mediante una demanda ante un juez civil del domicilio del deudor o del lugar donde debían cumplirse las obligaciones. El objetivo es obtener una sentencia que reconozca la existencia de la obligación, lo que permitirá iniciar luego un proceso ejecutivo para hacerla exigible.
El proceso no requiere abogado ni implica costos para el solicitante. En caso de que el juez admita la demanda, el deudor será notificado y tendrá diez días para manifestar las razones por las cuales niega total o parcialmente la deuda. Si no se pronuncia, el juez analizará las pruebas aportadas por el acreedor para decidir si reconoce la obligación. La sentencia judicial final constituirá una prueba válida de la deuda.(Lea: ¿Cómo reclamar una indemnización si no hay contrato?).
Como alternativa al proceso judicial, el ministerio recomienda buscar una solución por medio de la conciliación. Para ello, el interesado debe presentar una solicitud ante un centro de conciliación, incluyendo los datos del deudor y las condiciones del crédito. Si se llega a un acuerdo, se expedirá un acta que tiene valor legal y permite exigir el pago. Este trámite sí tiene costo cuando se realiza en centros privados, aunque no requiere asistencia de abogado.
El documento también destaca la existencia del proceso monitorio, que permite reclamar deudas menores a 40 salarios mínimos sin necesidad de acudir a dos procedimientos. Finalmente, recuerda que quienes tengan en su poder títulos valores como pagarés o cheques pueden iniciar directamente un proceso ejecutivo. Así, se ofrecen mecanismos claros, accesibles y gratuitos para que cualquier persona pueda recuperar lo que se le adeuda sin mayores barreras.
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