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Actualizado hace 48 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Servidores públicos pueden percibir honorarios del sector privado por fuera de la jornada laboral (4:40 p.m.)

21 de Octubre de 2016

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Nota:
122966
La prohibición para el servidor público de recibir más de una asignación se predica de aquellas que provengan del tesoro público o de empresas en que tenga parte mayoritaria el Estado, por lo que no se evidencia impedimento legal alguno para que un servidor público perciba honorarios por concepto de trabajos particulares ejecutados por fuera de la jornada laboral, ya que no se ha previsto incompatibilidad alguna constitucional o legal frente a ingresos provenientes del sector privado por fuera de la jornada de trabajo, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública. No se predica lo mismo para los abogados, pues el artículo 29 de la Ley 1123 del 2007 señala que no pueden ejercer la abogacía los servidores públicos, aun en uso de su licencia, salvo cuando deban hacerlo en función de su cargo o cuando el respectivo contrato se los permita, pero en ningún caso podrán litigar contra la Nación, departamento, distrito o municipio, según la esfera administrativa a que pertenezca la entidad o establecimiento al cual presten sus servicios, excepto en causa propia y los abogados de pobres en las actuaciones que deban adelantar en ejercicio de sus funciones.  

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