Póliza de responsabilidad civil no es requisito para que médicos puedan acceder al servicio social obligatorio (8:40 a.m.)
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09 de Marzo de 2017
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Los médicos que prestan el servicio social obligatorio deben ser vinculados a los prestadores de servicios de salud públicos o privados, en la modalidad de contrato de trabajo o por disposición legal y reglamentaria. No obstante, indicó el Ministerio de Salud, no existe norma alguna que obligue a dichos profesionales a constituir una póliza de responsabilidad civil para poder acceder a estas plazas. La obligación de constituir una póliza de responsabilidad civil en la prestación de servicios de salud está prevista para los convenios institucionales de formación del talento humano en salud, los cuales están definidos por el artículo 2.7.1.1.2 del Decreto 780 del 2016 (Decreto Único Reglamentario del Sector Salud) como el vínculo funcional que se establece entre instituciones educativas y otras organizaciones con el propósito de formar talento humano en el área de la salud.
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