Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Omitir inventario de bienes de hijos anteriores no impide conformar unión marital de hecho (3:24 p.m.)

84972

28 de Noviembre de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Aunque los artículos 169 y 171 del Código Civil exijan a quienes van a casarse o consolidar una relación permanente elaborar el inventario de bienes de hijos nacidos anteriormente y sometidos a patria potestad o guarda, esto no impide conformar la unión marital de hecho. Así lo aclaró la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, al advertir que esa falta solo genera la pérdida del usufructo legal de esas propiedades y la responsabilidad de indemnizar los perjuicios ocasionados. Según el fallo, la exequibilidad condicionada de las normas, establecida por la Corte Constitucional en la Sentencia C-289 del 2000, se hizo con el fin de proteger el patrimonio de los hijos, lo cual no puede entenderse como un nuevo requisito para declarar esta clase de unión (M. P. Fernando Giraldo).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)