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Menores adoptados podrían conocer su familia y origen desde los 14 años (11:28 a.m.)

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01 de Diciembre de 2016

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La Corte Constitucional admitió una demanda en contra de los artículos 75 (parcial) y 76 (parcial) del Código de la Infancia y Adolescencia (Ley 1098 del 2006), por la presunta vulneración de los artículos 16, 20, 44 y 74 constitucionales, y otras normas de carácter internacional. Específicamente, la solicitud de inexequibilidad recae sobre la edad en la que se faculta a los adoptantes para conocer la documentación relativa al proceso de adopción, así como la potestad que otorgó el legislador a los padres adoptivos para determinar el momento en que los menores pueden conocer su familia y origen. Para el demandante, estas disposiciones ignoran que desde los 14 años un individuo está en capacidad de autodeterminarse, edad en la que también están capacitados para comprender y asimilar su situación, por lo que, a su juicio, no debe dejarse al arbitrio de los padres la revelación de la información que permita conocer su condición.

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