07 de Octubre de 2024 /
Actualizado hace 4 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


El cuidado y la atención del menor de edad abandonado no están regulados por el Código Civil, sino por el Código de la Infancia (10:05 a.m.)

07 de Octubre de 2010

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Nota:
69791
La norma que obligaba a los padres de un hijo abandonado a cancelar la manutención del mismo para recuperarlo fue derogada con el Decreto 2737 de 1989, mediante el cual se estableció que para que un particular se pudiera hacer cargo de un menor de 18 años o para que un padre pudiera recobrar la custodia de su hijo abandonado se requería la intervención del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Adicionalmente, el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 del 2006), que derogó expresamente el Decreto 2737 de 1989, contiene una regulación igualmente clara sobre la materia. Así lo señaló la Corte Constitucional al declararse inhibida para conocer la demanda contra el artículo 268 del Código Civil. Los magistrados María Victoria Calle, Juan Carlos Henao y Jorge Iván Palacio salvaron su voto, por estimar que la disposición legal acusada conserva su vigencia (M. P. Jorge Ignacio Pretelt).

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