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Corte Constitucional se inhibió para decidir de fondo la demanda contra el aparte del Código Civil que define el concepto de matrimonio (2:16 p.m.)

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12 de Noviembre de 2010

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La Corte Constitucional se inhibió de hacer un pronunciamiento de fondo en el estudio de la demanda contra el artículo 113 del Código Civil que define el concepto de matrimonio y mediante la cual se pretendía incluir a las parejas del mismo sexo. El presidente del alto tribunal, Mauricio González, explicó en rueda de prensa que el argumento con el cual cinco miembros de la sala acogieron la decisión de declarar la inepta demanda fue la falta de argumentación de la misma, pues criterios como la vulneración del derecho de igualdad exigen altos estándares argumentativos. Salvaron el voto los magistrados Luis Ernesto Vargas, Juan Carlos Henao, Jorge Iván Palacio y María Victoria Calle, ponente de la sentencia y quien pedía que se condicionara la exequibilidad de la norma para que se entendiera que desde la Constitución se hablaba del matrimonio de hombres y mujeres y no solo entre hombres y mujeres.

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