Corte Constitucional explica cómo se amplió la licencia de maternidad ante partos prematuros (4:41 p.m.)
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21 de Noviembre de 2012
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La Corte Constitucional indicó que, de acuerdo con los artículos 57, 59, 236 y 239 del Código Sustantivo del Trabajo, la licencia de maternidad ante partos prematuros debe ser adicionada para extender el número de semanas equivalentes a la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término, sumadas a las 14 semanas establecidas en la ley. De esta forma, el tribunal reiteró que el cuidado de la maternidad no está limitado al periodo de gestación y al nacimiento, sino que se proyecta en un lapso más extenso, que es igualmente objeto de protección, siendo claro que el pago de la licencia tiene por objeto brindar a la madre un receso remunerado. Finalmente, explicó que la tutela procede cuando están en riesgo los derechos de la mujer gestante, por lo cual el cubrimiento de la licencia deja de ser un tema exclusivamente legal y exhibe su relevancia constitucional.
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