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Trámite de cambio de sexo creció durante los primeros seis meses del año

214 personas cambiaron de masculino a femenino, mientras que 81 lo hicieron de femenino a masculino, informó la Superintendencia de Notariado y Registro.
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11 de Septiembre de 2018

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Según cifras de la Superintendencia de Notariado y Registro, el trámite para cambiar de sexo en Colombia registró un crecimiento del 51 % durante los primeros seis meses del 2018, respecto del comportamiento registrado en el 2017.

 

Los datos indican que quienes más realizaron este trámite son los hombres, pues hubo 214 modificaciones del componente sexual masculino a femenino, mientras que se presentaron 81 de femenino a masculino.

 

En esta proporción mayoritaria se registró a nivel departamental que Antioquia tuvo el mayor número de modificaciones con 59 casos, seguido de Atlántico y Valle con 32, Cundinamarca con 31 y Caldas con 22.

 

Por meses, enero (50), abril (41) y junio (41) presentaron mayor número de casos respecto del componente sexual masculino a femenino, mientras que junio (30) presentó el mayor número de casos del componente femenino a masculino.

 

La entidad, acatando un fallo de la Corte Constitucional, estableció el pasado mes de mayo el procedimiento para que a partir de los 17 años de edad se permita el cambio de sexo en el registro civil de nacimiento de los menores de edad que así lo deseen.

 

De acuerdo con la sentencia, era excesivamente gravoso solicitarle a un menor de edad la presentación de la cédula de ciudadanía para llevar a cabo la modificación de sexo, resultando en una limitación desproporcionada de los derechos al libre desarrollo de la personalidad y la identidad de género.

 

Requisitos

 

Así las cosas, para adelantar el trámite es necesario no ser menor de 17 años de edad y presentar los siguientes documentos:

 

  1. Copia simple del registro civil de nacimiento

     
  2. Copia simple de la tarjeta de identidad

     
  3. Declaración juramentada donde lo padres (o quien ejerza la patria potestad) y el joven expresen su voluntad de realizar el cambio

 

Si se trata de un menor de 17 años no se puede realizar el trámite vía notarial y será un juez quien valore el caso y determine su procedencia.

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