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Sentencia de restitución de tierras Víctimas pueden insistir en compensaciones, luego del fallo de restitución (3:30 p.m.)

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19 de Febrero de 2013

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Las víctimas de desplazamiento forzado podrán insistir en las compensaciones de restitución de sus predios aunque en el fallo se las hayan negado, si en el control posterior a la sentencia demuestran un deterioro que les impida disfrutar del bien en las mismas condiciones de las que gozaban al momento del despojo. Así lo determinó el Juzgado Primero Civil Especializado en Restitución de Tierras de Ibagué (Tolima), al precisar que las corporaciones autónomas regionales (CAR) o entidades de otra índole podrían demostrar que la presencia de un fenómeno natural genera detrimento para los terrenos objeto de controversia, hasta al punto de dar lugar a la necesidad de compensación, en los términos del artículo 97 de la Ley 1448 del 2011. Bajo estos parámetros, negó la compensación exigida frente a los predios El Paso y Santa Cruz, de la vereda de Balsillas en el municipio de Ataco (Tolima), no sin antes advertir que es posible persistir en el requerimiento si se producen fenómenos que impidan la restitución, que sean verificados por Cortolima, la Agencia Nacional de Hidrocarburos u otros organismos, incluso después de la notificación de la providencia.

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