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Civil


Mediante decreto, corrigen errores en el Código General del Proceso

La norma se refiere a errores tipográficos y de transcripción e inconsistencias de concordancia o referencia.
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22 de Agosto de 2012

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Mediante el Decreto 1736 del pasado 17 de agosto, el Gobierno corrigió varios yerros encontrados en el Código General del Proceso (Ley 1564 del 2012).

 

La norma se refiere a errores tipográficos y de transcripción e inconsistencias de concordancia o referencia.

 

Algunos artículos corregidos se relacionan con la competencia de los jueces civiles municipales, la cuantía del interés para recurrir y el lanzamiento por ocupación de hecho de predios rurales, entre otros temas.

 

Los siguientes son los artículos modificados:

 

  • Artículo 18. Competencia de los jueces civiles municipales en primera instancia.

 

  • Artículo 20. Competencia de los jueces civiles del circuito en primera instancia.

 

  • Artículo 137. Advertencia de la nulidad.

 

  • Artículo 163. Reanudación del proceso

 

  • Artículo 338. Cuantía del interés para recurrir.

 

  • Artículo 390. Asuntos que comprende.

 

  • Artículo 393. Lanzamiento por ocupación de hecho de predios rurales.

 

  • Artículo 397. Alimentos a favor del mayor de edad.

 

  • Artículo 420. Contenido de la demanda.

 

  • Artículo 455. Saneamiento de nulidades y aprobación del remate.

 

  • Artículo 490. Apertura del proceso.

 

  • Artículo 625. Tránsito de legislación.

 

  • Artículo 626. Derogaciones.

 

  • Artículo 627. La vigencia de las disposiciones establecidas en esta ley.

 

(Decreto 1736, ago. 17/12)

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