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Explican alcance del vicio de procedimiento por inconsonancia en la categoría de mínima petita (1:06 p.m.)

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09 de Diciembre de 2016

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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia explicó que el vicio de procedimiento por inconsonancia en la categoría de mínima petita se manifiesta cuando la sentencia que es materia de reparo deja de resolver temas que eran objeto de la litis, tomando en consideración el planteamiento del debate, lo que se persigue con el mismo, las defensas esgrimidas por la contraparte y, de ser el caso, el establecimiento de circunstancias extintivas del derecho reclamado que ameriten pronunciamiento oficioso. Esa variable, aclaró la corporación, junto con los excesos por decidir sobre puntos ajenos a la controversia (extra petita) o imponer una condena más allá de lo perseguido (ultra petita) comporta una desatención de los preceptos adjetivos que enmarcan la actividad del juzgador, más concretamente el artículo 305 del Código de Procedimiento Civil, según el cual la decisión debe estar en consonancia con los hechos y las pretensiones aducidos en la demanda (M. P. Ariel Salazar).

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