Recursos para acciones de promoción en salud no ejecutados por los entes territoriales deberán reintegrarse (2:49 p.m.)
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24 de Junio de 2010
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Los recursos que los distritos y municipios recibieron durante la vigencia del artículo 46 de la Ley 715 del 2001 para adelantar acciones de promoción y prevención incluidas en el plan obligatorio de salud (POS) del régimen subsidiado y no ejecutaron deberán reintegrarse al Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga), acaba de decretar el Gobierno. A más tardar en 20 días, los entes territoriales deberán presentar al Ministerio de la Protección Social un informe sobre los recursos correspondientes a la proporción de la unidad de pago por capitación de ese régimen (UPC-S) destinada a la financiación de tales actividades, que relacione las acciones realizadas y los recursos no ejecutados en su momento.
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