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Actualizado hace 6 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Administrativo


Proceso de lanzamiento en el que no se permita acreditar causa justificable de ocupación vulnera derechos fundamentales (2:32 p.m.)

12 de Noviembre de 2014

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Nota:
97788
En sentencia publicada recientemente, la Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales al debido proceso y a la vivienda digna de un grupo de personas asentadas en un predio denominado Colinas del Tunal, en Cúcuta (Norte de Santander), y declaró, con efectos inter comunis, la nulidad del proceso policivo de lanzamiento por ocupación que tramitó la inspección urbana de policía, en relación con la presunta perturbación de la posesión. En su opinión, al decidir sobre el desalojo, las autoridades incurrieron en un error de procedimiento grave, ya que el Código Nacional de Policía les otorga a los habitantes del predio la posibilidad de acreditar una causa justificable de ocupación derivada de la condición de tenedores o poseedores, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley 57 de 1905 y el Decreto 992 de 1930, que solo admiten la defensa del ocupante con la demostración de la tenencia. Finalmente, la Corte aclaró que la administración podrá tramitar de nuevo la querella de considerarla procedente, caso en el cual deberá aplicar la normativa nacional vigente y las disposiciones internacionales de derechos humanos, para otorgarles atención preferencial a las personas que se encuentren en estado de vulnerabilidad y desplazamiento. Gabriel Eduardo Mendoza presentó salvamento parcial de voto (M. P. Luis Guillermo Guerrero Pérez).

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