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Noticias / Administrativo


Modifican lineamientos para tramitar cuentas de pago en entidades del Estado

27 de Septiembre de 2022

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Nota:
150585

La Presidencia de la República emitió la Circular 48, por medio de la cual establece los documentos de radicación necesarios para el trámite de cuentas de pago.

La misiva, que está dirigida a los supervisores del Departamento Administrativo de Presidencia, ordena pedir a los contratistas bajo su supervisión, ya sean personas naturales o jurídicas, que verifiquen si los códigos de las actividades económicas registradas en el RUT corresponden o tienen relación con el objeto contractual.

Así mismo, asegura que a partir de la fecha se deberá anexar a la radicación de documentos para trámite de pago, el RUT vigente y actualizado, con una fecha de expedición no superior a cinco días de la radicación de la cuenta.

Adicionalmente, para dar cumplimiento al parágrafo 2º del artículo 383 del Estatuto Tributario, el cual hace referencia a la aplicación de la retención en la fuente para aquellas personas que no contraten o vinculen a dos o más trabajadores en la actividad encomendada, la circula ordena “solicitar a los contratistas bajo su supervisión que informen (una vez por contrato) si para el desarrollo de la actividad tiene vinculados dos o más trabajadores”.

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