Modifican el proceso de convergencia de normas contables con estándares internacionales a cargo de empresas de servicios públicos (2:32 p.m.)
05 de Julio de 2011
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Nota:
74539
En vista de que el Plan Nacional de Desarrollo PND 2010-2014 (Ley 1450/11) les prohibió a las entidades exigir la aplicación de normas internacionales de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información basadas en estándares internacionales hasta que el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) las revise, para asegurar su concordancia con las que expedirá el Gobierno, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios acaba de modificar el proceso de convergencia hacia tales estándares a cargo de sus entidades vigiladas, ordenado mediante la Resolución 21335 del 2010. Según la nueva disposición, la norma del PND debe interpretarse en concordancia con el artículo 16 transitorio de la Ley 1314 del 2009, según el cual las entidades que estuvieran adelantando procesos de convergencia con normas internacionales pueden continuar haciéndolo, incluso si no existiese una decisión conjunta de los ministerios de Hacienda y de Comercio.
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