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Invima estableció tarifas diferenciadas en el trámite de registros sanitarios para pequeñas y medianas empresas

28 de Enero de 2022

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Nota:
138361

El Invima informó que desde el pasado 17 de enero es posible radicar solicitudes de registros sanitarios nuevos accediendo al beneficio de tarifas diferenciadas, teniendo en cuenta la clasificación vigente del tamaño empresarial, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 1° del artículo 2° de la Ley 2069 del 2020, conocida como la “Ley de Emprendimiento”, la cual fue reglamentada por el Decreto 1889, del 30 de diciembre del 2021.

 

Las pequeñas y medianas empresas accederán a las tarifas diferenciadas, así:

 

  • Para las medianas empresas, el valor de la tarifa se fijó en un rango comprendido entre el 70 % y 90 % del valor establecido en el manual tarifario.
  • Para las pequeñas empresas, el valor de la tarifa se fijó en un rango comprendido entre el 40 % y 60 % del valor establecido en el manual tarifario.

 

Así mismo, para la determinación de la tarifa en cada caso se tiene en cuenta el ingreso de cada empresa de acuerdo con el Decreto 957 del 2019; para la aplicación de la tarifa diferenciada los interesados deberán acreditar el tamaño empresarial de la pequeña o mediana empresa, teniendo en cuenta lo requerido en la norma, y hacer el respectivo pago al momento de la radicación de la solicitud del registro sanitario.

 

Para conocer en detalle las tarifas puede consultar los documentos adjuntos a esta nota.

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