Incentivo en contratación pública para empresas de vigilancia por vincular mujeres, personas con discapacidad o mayores de 45 años
Un nuevo decreto establece el puntaje adicional para proponentes que sean empresas de vigilancia y seguridad privada o cooperativas de vigilancia y seguridad privada.14 de Octubre de 2021
El Gobierno reglamentó el artículo 6 de la Ley 1920 del 2018, con el fin de establecer una puntuación adicional como incentivo para la vinculación de mujeres, personas con discapacidad y personas mayores de 45 años en los procesos de contratación pública.
En los procesos de licitación pública, las entidades estatales otorgarán hasta el 3 % del total de los puntos establecidos en el pliego de condiciones a las empresas y cooperativas de vigilancia y seguridad privada que tengan dentro de su personal operativo mujeres, personas con discapacidad y personas mayores de 45 años vinculados a la planta de personal, con todas las exigencias y garantías legalmente establecidas, de acuerdo con los siguientes criterios:
Las condiciones para otorgar el puntaje serán verificadas por la entidad contratante mediante los siguientes documentos aportados por el proponente con su oferta:
- Constancia de la relación total del personal publicada en el módulo de Acreditación del Personal Operativo dispuesto en la página de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con una fecha no superior a 30 días calendario anteriores a la presentación de la oferta.
- Certificado con una fecha no superior a 30 días calendario anteriores a la presentación de la oferta suscrito por el representante legal en el cual se deberá señalar el número de mujeres, de personas mayores de 45 años cumplidos, máximo a la fecha de presentación de la oferta, y de personas con discapacidad que conforman su personal operativo.
Para el efecto se deberá relacionar, junto con la certificación, el nombre completo, el número de documento de identidad, género, fecha de nacimiento y condición de discapacidad del personal operativo.
Adicionalmente, se anexará copia de los respectivos documentos de identidad y para acreditar la condición de discapacidad el certificado de dicha condición de cada uno de los trabajadores, de conformidad con la Resolución 113 del 2020 del Ministerio de Salud.
La Agencia Nacional de Contratación Pública, a través de la metodología que defina la Subdirección de Estudios de Mercado y Abastecimiento Estratégico, realizará un reporte donde conste la relación de una muestra aleatoria de los contratos publicados en el SECOP II que suscriban las empresas o cooperativas de vigilancia y seguridad privada a partir del año 2021.
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