Imparten instrucciones para la liquidación de contratos del régimen subsidiado (4:17 p.m.)
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15 de Febrero de 2011
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Con base de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 1438 del 2011 (reforma a la salud), sobre la liquidación de contratos de administración de recursos del régimen subsidiado, suscritos antes del 1° de abril del 2010, el Ministerio de la Protección Social acaba de expedir la Circular Externa 12, dirigida a gobernadores, alcaldes, directores de salud y representantes legales de las entidades promotoras de salud de ese régimen (EPS-S). Si no es posible liquidar, por mutuo acuerdo, los contratos dentro del término de tres meses previsto en dicho artículo, las entidades territoriales lo harán unilateralmente, dentro de los 30 días calendario siguientes al próximo 19 de abril, señala una de las instrucciones.
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