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Gerentes departamentales de la Contraloría no pueden suscribir convenios de cooperación, si la facultad para hacerlo no les ha sido delegada (3:14 p.m.)

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29 de Junio de 2010

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Mientras no sea delegada la competencia para suscribir convenios de cooperación por parte del Contralor General hacía los gerentes departamentales, estos no pueden celebrarlos, lo cual no obsta para que puedan solicitar colaboración de las autoridades y lograr el efectivo ejercicio de sus funciones, indicó la Contraloría General de la República. De acuerdo con el artículo 26 del Decreto Ley 267 del 2000, se pueden delegar en los servidores del nivel directivo las facultades de ejecución presupuestal, ordenación del gasto, contratación y otras competencias administrativas, técnicas o jurídicas, recordó la entidad.

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