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Estado debe responder por perjuicios ocasionados por ataque a estación de policía

Se genera responsabilidad extracontractual del Estado por daños causados por ataques a elementos representativos del Estado, como riesgo excepcional.
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04 de Agosto de 2022

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Unos ciudadanos presentaron demanda en contra del Estado por los daños causados a sus establecimientos de comercio tras la explosión de un carro bomba dirigido contra el edificio de la Policía Metropolitana de Cali, pues la explosión causó la destrucción del inmueble en que los demandantes desarrollaban su actividad comercial, y de todos los bienes que hacían parte de los negocios.

El tribunal administrativo negó las pretensiones de la demanda indicando que si bien los demandantes acreditaron su calidad de comerciantes, presentaron certificaciones de contadores públicos y facturas de venta, así como documentos relativos al inventario y testimonios, no demostraron los perjuicios reclamados.

Se presentó recurso de apelación y la Sección Tercera revocó la decisión de primera instancia, porque se logró acreditar que el artefacto explosivo que causó el daño al local en que los demandantes ejercían su actividad iba dirigido contra la estación de policía del municipio, lo que hace atribuible el daño a la entidad demandada a título de riesgo excepcional, porque la presencia de la estación creó el riesgo que se materializó con la explosión. Finalmente, se declaró la responsabilidad estatal y se ordenó el pago de lucro cesante y daño emergente (C. P.: Alberto Montaña Plata).

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