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Noticias / Administrativo


Entidades exceptuadas del EGCAP pueden elegir entre dar un uso transaccional o un uso publicitario al SECOP II

07 de Marzo de 2023

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El artículo 53 de la Ley 2195 del 2022 (Ley de Transparencia y Lucha contra la Corrupción) asignó a las entidades estatales que por disposición legal cuenten con un régimen contractual excepcional al del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) el deber de publicar los documentos relacionados con su actividad contractual en el SECOP II o la plataforma transaccional que haga sus veces, lo cual aplica para los contratos suscritos después del 18 de julio del 2022.

 

Dicha disposición, aclaró la Agencia Nacional de Contratación Pública (Colombia Compra Eficiente), no cambió la forma en que se perfeccionan los contratos suscritos por estas entidades exceptuadas, de manera que, teniendo en cuenta que no se definió la obligatoriedad sobre el uso transaccional del SECOP II para las entidades exceptuadas, estas podrán usarla de forma transaccional o publicitaria.

 

Así las cosas, las entidades exceptuadas tienen la posibilidad de elegir cualquiera de las siguientes opciones para cumplir con el deber de publicidad que les asiste: (i) firmar el contrato electrónicamente, es decir, realizar un uso transaccional de la plataforma o (ii) firmar el contrato en físico y publicar los documentos de ejecución en la etapa precontractual del SECOP II, es decir, realizar un uso publicitario.

 

En el primer caso, si la entidad opta por hacer uso de la plataforma de manera transaccional (firmando el contrato electrónicamente), deberá utilizar el módulo de “contratación régimen especial”, estructurar el proceso de contratación, generar el contrato electrónico y realizar la gestión contractual en línea a través de la plataforma.

 

En el segundo caso, si decide utilizar el SECOP II como herramienta de publicidad, deberá crear el proceso de contratación en el SECOP II mediante el módulo “contratación régimen especial (sin ofertas)”, cargar todos los documentos del proceso en la sección dispuesta para ello y publicar el proceso.

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