Contratos celebrados con proveedores extranjeros deben registrarse en el Sice (5:15 p.m.)
77403
11 de Noviembre de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
El Comité para la operación del Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal (Sice) acordó que las entidades estatales y los particulares que manejen recursos públicos, sin perjuicio del régimen contractual que apliquen, deben registrar los contratos que celebren con proveedores extranjeros, quienes a su vez deberán cumplir con las obligaciones del artículo 15 del Decreto 3512 del 2003. El Acuerdo 013, expedido el pasado 2 de noviembre, incluye la definición de la palabra repuesto, para aplicarla a los procesos de adquisición de bienes y servicios temporalmente exentos del Sice.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!