Piden extender pensión de invalidez prevista para soldados e infantes a soldados voluntarios
La acción de inconstitucionalidad se presenta en contra de una expresión contenida en el artículo 23 de la Ley 1979 de 2019.26 de Febrero de 2025
Un soldado voluntario presentó una demanda de inconstitucionalidad en contra de la expresión “Los soldados e infantes de marina profesionales”, contenida en el artículo 23 de la Ley 1979 de 2019, a través de la cual se reconoce y se rinde homenaje a los veteranos de la fuerza pública. La norma en mención estipula que los soldados e infantes de marina profesionales que hayan sido pensionados por invalidez, como consecuencia de los actos de servicio, tendrán derecho a que el valor de la pensión de invalidez se incremente al último salario devengado por el uniformado estando en servicio activo.
Según el demandante, la norma vulnera el derecho a la igualdad, pues excluye a los soldados voluntarios de dicho beneficio. En tal sentido, pide que el beneficio se extienda a estos servidores. (Demandante: Osman Mosquera Giraldo)
Corte Constitucional, Demanda, 16300, 24/01/2025
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