Conflicto de intereses no se aplicaría al trámite de reformas constitucionales, para efectos de la pérdida de investidura de los congresistas (11:36 a.m.)
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12 de Enero de 2011
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Con el propósito de cumplir un requisito de trámite, el Gobierno acaba de ordenar la publicación oficial del proyecto de acto legislativo 017/10S-090/10C, aprobado recientemente en primera vuelta (cuatro de ocho debates), que adiciona el artículo 183 de la Constitución Política. Según la iniciativa, la causal de pérdida de investidura por violación del régimen de conflicto de intereses no se aplicará a los congresistas, cuando participen en el proceso legislativo constituyente.
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