11 de Enero de 2025 /
Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Administrativo

Administrativo


Victoria de campaña del No fue producto de la violencia por engaño a los colombianos: Sección Quinta

19 de Diciembre de 2016

Reproducir
Nota:
12933
Imagen
no-oscarivanzuluaga-plebiscitooiz-1509241914.jpg

Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Un auto de ponente de la Sección Quinta del Consejo de Estado estableció que el hecho de que ganara el No en el plebiscito que se llevó a cabo el pasado 2 de octubre, y que buscaba la refrendación del anterior acuerdo de paz, fue el producto de la violencia por engaño a que fueron sometidos los colombianos por parte de quienes impulsaron dicha campaña.

 

De ahí que la decisión proferida por el despacho de la consejera Lucy Jeannette Bermúdez admitiera la demanda de nulidad electoral y, a su vez, decretara una serie medidas cautelares de urgencia. (Lea: Procesos de paz terminan con participación en política de quienes dejan las armas: María C. Moreno)

 

Justamente, ordenó al Congreso de la República y al presidente Juan Manuel Santos avanzar con la implementación del actual acuerdo de paz, disponiendo para ello de las sesiones extraordinarias convocadas para tal fin y los mecanismos especiales de creación normativa fijados en el Acto Legislativo 01 del 2016.

 

Igualmente, exhortó a la Corte Constitucional para que priorice la resolución de las demandas de constitucionalidad en las que deba pronunciarse expresamente sobre la vigencia de dicha reforma constitucional y, en especial,  sobre el artículo 5° de esta preceptiva.

 

Sobre la campaña del No

 

La consejera estudió cada uno de los hechos que precedieron la jornada electoral y algunos conocidos con posterioridad y, de esta forma, dio pleno valor probatorio a la entrevista brindada al diario La República por el gerente de la campaña del No del Centro Democrático, Juan Carlos Vélez Uribe.

 

Es dicha entrevista, Vélez dio cuenta de cómo se crearon y divulgaron mensajes alejados de la realidad, según el auto, con los que se ejerció violencia por engaño contra el electorado, lo que produjo el resultado conocido.

 

Vale la pena decir que entre otros hechos analizados se encontró, por ejemplo, que “un pastor evangélico aseguró que la firma del acuerdo de paz fue un rito satánico, con lo cual muchos de los creyentes de dicho dogma habrían votado por el No”.

 

Pero también fueron acogidas unas fotografías presentadas por los demandantes en las que se evidencia la tergiversación de la información contenida en el acuerdo firmado en ese momento entre el Gobierno Santos y las Farc.

 

De otra parte, consideró que se deformó el enfoque de género planteado en los acuerdos y se mintió y engañó a la ciudadanía al publicitar temas que no existían. (Lea: Así se tramitarán las leyes del posconflicto)

 

“El acuerdo desarrolla la posición de la mujer en los diferentes puntos acordados, se realiza con el fin de brindarle igualdad de oportunidades frente a los hombres; además de ello, se demuestra que las mujeres han sido las más afectadas dentro de este conflicto armado y, por ello, necesitan de un tratamiento especial y diferenciado”, señala la decisión.

 

Similares observaciones hizo a los mensajes que reiteradamente los promotores del No dieron a los votantes sobre temas como:

 

·         La eliminación de subsidios.

·         La supuesta afectación al régimen pensional.

·         Un sistema judicial basado en la impunidad.

·         La desprotección a las víctimas.

·         El cambio a un modelo de Estado como el del vecino país de Venezuela, entre otros.

 

Conclusiones del auto de ponente de la Sección Quinta

 

Entonces, la consejera Bermúdez  concluyó  que la información que se suministró al electorado en la fase definitiva de la campaña reflejó una total tergiversación, en muchos de sus aspectos neurálgicos del contenido del acuerdo sometido a votación en octubre. (Lea: ¿Cuáles son los principios para la entrada en vigor del Acto Legislativo para la Paz?)

 

Y el cual fue determinante para la obtención del resultado en dicha contienda electoral, “comoquiera que la manera sistemática y masiva en la que se llevaron a cabo las diferentes campañas generó una influencia global que torna imposible determinar con claridad la voluntad de los sufragantes”, puntualizó.

 

Finalmente, fue desestimada la solicitud de suspender provisionalmente los efectos del plebiscito, debido a que actualmente existe un nuevo acuerdo, que es el que deberá implementarse con urgencia. Es importante decir que la solicitud de suspensión será resuelta por la sala electoral cuando se reanude la actividad judicial (C.P. Lucy Jeannette Bermúdez).

 

Consejo de Estado Sección Quinta, Auto 11001032800020160008100, Dic. 19/16

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)