Administrativo
Uso de internet en concursos de méritos no viola el derecho a la igualdad
El Estado debe expedir una normativa que disminuya la “brecha digital”, recordó el Consejo de Estado.04 de Mayo de 2012
El uso de internet en el trámite de los concursos de méritos para acceder a empleos de carrera administrativa es un ejemplo de la implementación de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en la administración pública, que se fundamenta en la Ley 527 de 1999.
Utilizar ese medio para realizar las diferentes actuaciones de la convocatoria no vulnera los derechos a la igualdad, el debido proceso y el trabajo, ni los principios de publicidad, mérito y concurrencia de las personas que no tienen acceso a él, reiteró la Sección Segunda del Consejo de Estado.
La corporación recordó que la implementación de las TIC pretende acercar la administración pública a las zonas alejadas, garantizar el acceso a la información y reducir el tiempo de los trámites. De esa forma, busca la efectividad de los principios de eficacia, economía y celeridad.
Además, aclaró que el hecho de que unos sectores tengan más acceso a la tecnología que otros no impide usar los medios electrónicos, pues el Estado está obligado a expedir una normativa destinada a disminuir la “brecha digital”.
En el caso analizado, se negó la nulidad parcial del artículo 2° de la Resolución 171 del 2005, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, que convocó a un proceso de selección para proveer cargos de carrera administrativa en las entidades del orden nacional y territorial regidas por la Ley 909 del 2004.
(Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia 11001032500020100000800 (0048210), C. P. Víctor Hernando Alvarado, ene. 26/12)
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