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Administrativo


Un abogado de la Universidad Libre es el nuevo consejero de la Sección Cuarta

Se trata de Milton Fernando Chaves García, quien remplaza a la jurista Martha Teresa Briceño. Conozca el perfil académico y laboral de este nuevo magistrado del Consejo de Estado, así como las principales funciones de esta sección.
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22 de Febrero de 2017

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La Sala Plena del Consejo de Estado eligió ayer al abogado Milton Fernando Chaves García como nuevo magistrado de la Sección Cuarta, en remplazo de la exconsejera Martha Teresa Briceño de Valencia, quien terminó su periodo constitucional el año pasado. (Lea: Catedrático de la Universidad del Rosario es el nuevo consejero de la Sección Primera)

 

Chaves es abogado de la Universidad Libre de Bogotá y cuenta con una especialización en Derecho Tributario de la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario.

 

Trabajó durante varios años en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, así mismo, como litigante y redactor en la editorial jurídica Legis. También se ha desempeñado como magistrado auxiliar de esta misma corporación judicial y es docente en diferentes universidades del país, entre ellas la Santo Tomás y la Central.

 

Se debe finalizar diciendo que entre sus publicaciones se destacan: Actualización del régimen de procedimiento tributario y Manual de retención en la fuente y doctrina tributaria y contable. Para la próxima semana se espera que sea elegido el remplazo de Guillermo Vargas Ayala. (Lea: Los tres nuevos integrantes del Consejo de Estado en detalle)

 

Lo que debe saber de la Sección Cuarta

 

Está integrada por 4 magistrados (artículo 110 de Ley 1437 del 2011) y sus funciones se encuentran establecidas en el reglamento interno de la corporación, las cuales son el conocimiento de los siguientes procesos:

 

1.       Procesos de simple nulidad y nulidad y restablecimiento del derecho relacionados con impuestos y contribuciones fiscales y parafiscales, excepto las tasas.

 

2.       Procesos relacionados con los actos administrativos que se dicten para la enajenación de la participación del Estado en una sociedad o empresa.

 

3.       Recursos extraordinarios de revisión de sentencia que dicten los tribunales en asuntos relacionados con la competencia de esta sección.

 

4.       Acciones de nulidad y restablecimiento contra las resoluciones que fallen las excepciones y ordenen llevar adelante la ejecución en los procesos de cobro administrativo.

 

Consejo de Estado, Comunicado, Feb. 21/17

 

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