Administrativo
Ley que derogó incentivo para actores populares no requería tramitarse como estatutaria
09 de Diciembre de 2011
La Ley 1425 del 2010, que derogó los artículos de la Ley 472 de 1998 referentes al incentivo económico para los actores populares, no requería tramitarse como estatutaria.
Según la Corte Constitucional, como la Ley 1425 no reguló el ejercicio de derechos fundamentales ni sus mecanismos de su protección, ni restringió el ejercicio de las acciones populares para la defensa de los derechos e intereses colectivos, su trámite debía ser el de una ley ordinaria, tal como sucedió.
El magistrado Luis Ernesto Vargas aclaró su voto, y reiteró lo expresado en la Sentencia C-630 del 2011 sobre la conveniencia de reconocerle un incentivo al actor popular.
(C. Const., comunicado Sent. C-902, nov. 30/11, M. P. Jorge Iván Palacio)
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