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Administrativo


La culpa o dolo de agentes estatales se determina con base en sus funciones

10 de Noviembre de 2016

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Al resolver un recurso de apelación en una acción de reparación directa, la Sección Tercera del Consejo de Estado explicó que para establecer la existencia de la culpa grave o del dolo de los agentes, exagentes estatales o particulares investidos de funciones públicas, el operador judicial no se debe limitar a las definiciones contenidas en el Código Civil, sino que debe analizar las características particulares del caso, las cuales deben armonizarse con lo previsto en los artículos 6 y 91 la Constitución Política en relación con la responsabilidad de los servidores públicos.

 

También, el juez debe tener en cuenta la asignación de funciones contempladas en los reglamentos o manuales respectivos de estos, y los conceptos de buena y mala fe contenidos en la Constitución Política y en la ley. (Lea: Conozca cómo se materializa un riesgo propio del servicio en la acción de reparación directa)

 

En consideración a lo precedente, el alto tribunal administrativo indicó que para determinar la responsabilidad personal de aquellos el análisis de sus actos dolosos o gravemente culposos debe contener el estudio de las funciones a su cargo y si respecto de ellas se presentó un incumplimiento grave.

 

De igual forma, se requiere precisar si este incumplimiento se debió a una actuación consciente y voluntaria del agente, esto es, con el pleno conocimiento de la irregularidad de sus acciones y con la intención de producir las consecuencias nocivas, configurando así una actuación dolosa.

 

O, por el contrario, si al actuar pudo prever la irregularidad en la que incurría y evidenció el daño que podría generar y aun así lo hizo o confió imprudentemente en poder evitarlo, configurando una actuación gravemente culposa (C.P. Danilo Rojas Betancourth).

 

Consejo de Estado Sección Tercera, Sentencia 54001233100020020152901 (40476), Ago. 1°/16

 

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