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Creación de ente encargado de donación y trasplante de órganos supera carácter transitorio del PND

Publican fallo que declaró inexequible la creación del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT).
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Creación de ente encargado de donación y trasplante de órganos supera carácter transitorio del PND (Freepik)

27 de Febrero de 2025

La Corte Constitucional publicó el texto del fallo mediante el cual declaró inexequible el artículo 162 del Plan Nacional De Desarrollo (PND) 2022-2026 (Ley 2294/23), que creó el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT), por considerar que el Congreso de la República desconoció los principios de consecutividad e identidad flexible, que dotan de racionalidad y coherencia al trámite legislativo.

Lo anterior al incluir la creación del INDTOT mediante una proposición para los debates de las plenarias de Senado y Cámara sin que se haya comprobado su conexidad con los temas discutidos en las sesiones conjuntas de las comisiones correspondientes y la relación estrecha, inmediata y directa de estos temas con los objetivos generales del PND. (Lea: Inexequible norma que creó el Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos (INDTOT))

Así mismo, señaló el alto tribunal, se desconoció el principio de unidad de materia al incluir una norma que no resulta de carácter instrumental para conseguir las metas, planes, programas o estrategias previstos en la parte general del PND, sino que conduce a una transformación institucional que, además por su carácter permanente, debería ser decidida en el marco de la competencia general del Congreso de dictar las leyes.

Y es que la norma demandada tiene una vocación de permanencia indiscutible, pues la política sobre el acceso a los trasplantes es un asunto complejo de salud pública, con un énfasis en la dimensión de acceso a la salud, en un escenario de escasez de recursos (pues se trata de recursos para la vida de seres humanos ligados a otras vidas), para el tratamiento de enfermedades graves, con implicaciones en política criminal y en relaciones transfronterizas, por fenómenos como el tráfico de órganos o la corrupción para la alteración de las listas de beneficiarios.

En otras palabras, como la creación de un nuevo instituto encargado de manera autónoma de los asuntos relevantes para la política pública de salud en manejo de trasplantes tiene una vocación de permanencia y supera el horizonte misional de cuatro años y, adicionalmente, no se demostró su carácter instrumental para la consecución de los objetivos, metas y propósitos del PND, la norma cuestionada resulta inexequible (M. P. Diana Fajardo Rivera).

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