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Consejo de Estado suspendió norma que fijaba el término de la vigencia del registro de los operadores de televisión pública (8:31 a.m.)

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19 de Enero de 2011

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El Consejo de Estado suspendió, provisionalmente, el aparte del acuerdo de la Comisión Nacional de Televisión (Cntv) que fijó el término de vigencia de la calificación y clasificación obtenida en el Registro Único de Operadores de Televisión (Acuerdo 1 del 2008, art. 15). La Sección Primera admitió la demanda en contra del aparte normativo y explicó que la suspensión obedece a que la norma acusada fijó en cinco años la vigencia del registro de los operadores del servicio público de televisión de cubrimiento nacional, contados a partir de la ejecutoria de la resolución por la cual la Cntv ordena la inscripción, renovación, o actualización. Sin embargo, el artículo 48 de la Ley 182 de 1995 fija dicho término en dos años (M. P. María Claudia Rojas Lasso).

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