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Precisan perjuicios morales de familiares ante casos de privación injusta de la libertad

17 de Noviembre de 2020

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Dentro de un proceso de reparación directa, la Sección Tercera del Consejo de Estado recordó una sentencia de unificación de su jurisprudencia donde el alto tribunal administrativo precisó el tema de perjuicios morales frente a casos de privación injusta de la libertad.

 

Al respecto afirmó que la simple acreditación del parentesco, para los eventos de reclamar estos perjuicios por parte de padres, hijos, hermanos y cónyuges (incluyendo aquí a los compañeros permanentes) en relación con una persona que fue privada de la libertad injustamente, resulta suficiente para inferir que tanto el peticionario como los integrantes de su familia han padecido el perjuicio moral por cuya reparación se demanda.

 

En el caso concreto, se condenó a la Rama Judicial a pagar más de $ 101 millones por la detención injusta de un hombre que fue acusado de cometer actos sexuales abusivos en contra de una menor de cuatro años.

 

El ciudadano fue declarado inocente del cargo por cuanto la testigo que indicó haber presenciado el delito no se presentó en el juicio para ratificar su dicho. Además, el examen médico legal tampoco fue concluyente (C. P. Ramiro Pazos Guerrero).

 

Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia 20001233100020120017701 (48737), May. 8/20.  

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