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Los grandes retos del Derecho colombiano y la educación en el 2019

23 de Enero de 2019

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Carlos Mario Molina Betancur

21 Procurador Judicial II administrativo

Miembro de la Academia Colombiana de Jurisprudencia

 

Los retos que tiene el Derecho colombiano en el 2019 son de trascendental importancia para el futuro próximo de nuestro país. Dentro de los más importantes, podemos resaltar tres muy significativos: resultados concretos de la lucha contra la corrupción, una nueva propuesta de reforma a la justicia y los cambios en la formación de los estudios de Derecho.

 

En primer lugar, la lucha contra la corrupción en nuestro país sigue siendo un discurso político más que una realidad. En efecto, recordemos que el Acto Legislativo 02 del 1º de julio del 2015, por medio del cual se adopta una reforma de Equilibrio de Poderes y reajuste institucional y se dictan otras disposiciones, no ha podido ser reglamentado.

 

Además, en otros ámbitos de contratación pública, poco se ha visto en materia reglamentaria por parte del Gobierno y de los entes de control. El único funcionario público que puede mostrar resultados concretos de sanción y destitución a funcionarios corruptos es el procurador general de la Nación, Fernando Carrillo Flórez (caso Odebrecht. Tribunal Administrativo de Cundinamarca, sentencia del 6 de diciembre del 2018. M. P. Luis Manuel Lasso Lozano. Exp. 250002341000201700083-00). Quedan entonces grandes retos para el Derecho en ese sentido.

 

Buscando consensos

 

En segundo lugar, en materia de reforma a la justicia, el Gobierno Nacional sigue buscando los consensos necesarios entre los integrantes de la Rama Judicial y la academia, que permitan redactar el proyecto de ley que reglamente la citada reforma. La iniciativa presentada al inicio del gobierno Duque no tuvo buen recibo en el Congreso por falta de coherencia y de apoyo de la comunidad jurídica.

 

Uno de esos puntos era la reforma a la tutela, el cual fue el centro del mayor número de críticas al Gobierno por ser considerado un atentado a la “joya de la corona” judicial. Sin embargo, Colombia llega a una cifra récord con más de 7 millones de solicitudes de tutela para defender derechos fundamentales, entre los más demandados, se encuentran: el derecho a la vida, a la salud, al mínimo vital y a las pensiones. Lo que para el Gobierno no parece ser preocupante, dado que sigue pensando que el problema radica en las consecuencias que producen sus fallos, y no en las causas que las generan.

 

Por consiguiente, uno de los principales retos que tiene el Derecho en el 2019 será la manera de reducir el abrumante número de tutelas por día que se presentan en Colombia (1.600), es decir, 66 cada hora, y en promedio una por minuto. Tal vez, la solución provenga más de un adecuado control reglamentario del servicio a la salud y de un mayor financiamiento al tema de la seguridad en todo el territorio nacional que de una reforma legislativa o constitucional.

 

En ese proyecto de reforma constitucional, también se establecía la desaparición del Consejo Superior de la Judicatura, que sería remplazado por el Consejo de Gobierno Judicial, la Gerencia de la Rama Judicial y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. Sin embargo, tres años después, las cosas siguen funcionando como estaban antes de la reforma constitucional: los magistrados de la actual corporación seguirán prorrogando sus periodos de manera indefinida hasta que sean elegidos los nuevos magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial (A. L. 02/15, art. 19, par. trans. 1º). Lo anterior, a pesar del fallo de la Corte Constitucional (Sent. 285/06), que se pronunció en favor de la modificación de este órgano. Otra de las grandes promesas de cambio, que solo necesitaría voluntad política para reglamentar y poner en funcionamiento la nueva estructura.

 

Comisión de Aforados

 

Algo similar sucede con la Comisión de Aforados, que en principio remplazaría en lo fundamental a la actual Comisión de Acusaciones, la cual no ha podido entrar en vigencia por falta de consenso político en cuanto a su implementación y funcionamiento. Su primer intento de reforma legislativa lo “tumbó” la Corte Constitucional (Sent. C-373/16), por pretender hacer una modificación del juzgamiento de los magistrados por fast track, lo que sería inconstitucional, pues ese punto nunca fue tocado en el Acuerdo de Paz. Esto, según la Corte, resultaría más viable por medio de una modificación a la Ley 5ª de 1992, que reglamenta la actividad del Congreso, la cual no tiene rango constitucional y, por ende, podría ser modificable por vía de ley ordinaria.

 

Esta comisión podría estar integrada no por políticos, como siempre lo ha sido, sino por comisionados independientes, juristas elegidos por mérito, graduados de las mejores universidades del país o decanos miembros de la Asociación Colombiana de Facultades de Derecho (Acofade), quienes se encargarían de tramitar las denuncias contra altos funcionarios ante la plenaria de la Cámara de Representantes, la cual acusaría al alto funcionario implicado ante el Senado de la República, si encuentra razones para hacerlo.

 

Por último, en cuanto a los artículos 11 y 12 de la mencionada reforma constitucional del 2015, nada ha pasado en tres años de su implementación. Estas reformas, muy criticadas por varios magistrados de las altas cortes, establecen, respetivamente, que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos por la respectiva corporación, previa audiencia pública, de una lista de 10 elegibles enviada por el Consejo de Gobierno Judicial, tras una convocatoria pública reglada de conformidad con la ley y adelantada por la Gerencia de la Rama Judicial.

 

Además, estos candidatos deberán haber desempeñado, durante 15 años, cargos en la Rama Judicial o en el Ministerio Público, o haber ejercido, con buen crédito, por el mismo tiempo, la profesión de abogado o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas, obtenidos en establecimientos reconocidos oficialmente. Precisando que para el cargo de magistrado de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, la cátedra universitaria deberá haber sido ejercida en áreas jurídicas relacionadas con la magistratura que ejercería.

 

Una vez más, es otra de las reformas que solo necesitaría de una adecuada reglamentación legal por vía ordinaria, la cual se encargaría de dar pautas claras para que tanto el Consejo de Gobierno Judicial, como el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia se den sus propios reglamentos de elección de magistrados. El propósito de esta importante reforma legal es volver más transparente y democrática unas elecciones que han brillado por su opacidad y politiquería.

 

Los cambios que requieren los estudios en Derecho

 

En tercer lugar, la reforma a la formación de los estudios de Derecho sigue esperando su turno. Esto es trascendental en el 2019, dado que uno de los factores de crítica más importante en la lucha contra la corrupción ha sido la mala formación de nuestros abogados. La academia jurídica, que cuenta con 184 programas de Derecho activos, todos con registros calificados vigentes expedidos por el Ministerio de Educación Nacional (Mineducación), no puede seguir funcionando con parámetros de calidad del siglo pasado, la mayor parte de sus pensum siguen alineados a la política de formación por contenidos utilizados en el siglo XX.

 

Debemos modernizar esta formación, como lo ha hecho desde hace cinco años el Icfes, con la ayuda de Acofade. El Mineducación no necesita de una reforma constitucional para expedir una adecuada reglamentación, que indique los parámetros mínimos de calidad que debe tener una formación jurídica para el abogado colombiano del siglo XXI.

 

La Unesco, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Ocde) y el Ministerio de Justicia así lo están pidiendo a gritos desde hace más de una década. Necesitamos un papel mucho más activo del Mineducación, para que se ataque la corrupción desde la raíz, que tiene en su trasfondo un grave problema de formación ética de los abogados. Por ello, la necesidad de reforma de la justicia colombiana en toda su estructura, comenzando por el ejercicio de los abogados.

 

En este sentido, Acofade debe asumir un papel fundamental en la anunciada reforma, dado que agremia a 84 facultades de Derecho en el país (95 % del total). Su participación debería ser más proactiva, dado su importante papel en todos los procesos de meritocracia y transparencia que se están llevando en Colombia, a través de los conceptos que necesitan las altas cortes y el Gobierno al momento de solucionar demandas de inconstitucionalidad por inhabilidad o incompatibilidad de altos funcionarios y postulantes a altos cargos del Estado. Sin embargo, tanto el Acto Legislativo 02 del 2015, como la fallida reforma a la justicia del 2017, han desconocido ese rol, ignorando a las facultades de Derecho en sus proyectos de lucha contra la corrupción, el equilibrio de poderes o la reforma a la justicia.

 

Así mismo, Acofade tiene ese reto de insistir en la creación del Consejo Nacional de Abogados, que se dedique a regular el ejercicio de la profesión. Dicho Consejo debe estar integrado, fundamentalmente, por los mismos miembros del gremio: colegios de abogados, facultades de Derecho y firmas de abogados, que, mediante auténticos mecanismos de representatividad, deberán conformar el tribunal de ética que vigile y sancione disciplinariamente a los abogados.

 

En ese sentido, Acofade ha apoyado la creación del Colegio Profesional de Abogados y la Federación de Colegios de Abogados de Colombia, con el fin de aglutinar a la academia y a las múltiples colegiaturas de abogados que existen en el país. Esto con el fin de organizar la profesión, creando una estructura de control seria que administre y vigile con dignidad y transparencia una profesión que, ya todos saben, ¡se salió de madre!

 

*Sección patrocinada. Las opiniones aquí publicadas son responsabilidad exclusiva de Acofade

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