Academia
¿El fin de los consultorios jurídicos en las facultades de Derecho?
10 de Marzo de 2016
Carlos Mario Molina Betancur
Director Ejecutivo
Asociación Colombiana de Facultades de Derecho (Acofade)
“No queremos que el consultorio sea un paso inocuo en la formación universitaria”
Ana María Ramos, viceministra de Promoción de la Justicia
El pasado 12 de febrero, la viceministra de Promoción de la Justicia, Ana María Ramos, se reunió con los directores de los consultorios jurídicos de las facultades de Derecho de Bogotá y los invitó a trabajar conjuntamente en el fortalecimiento de la práctica jurídica de los estudiantes.
Según la funcionaria, “la práctica jurídica es muy útil para la administración de justicia”, por ello, el Ministerio de Justicia estaría interesado en liderar su transformación en las facultades de Derecho, para desarrollar mejores capacidades de aprendizaje, lo que correspondería a una mejor adaptación a las nuevas realidades jurídicas y sociales, que aproximaría los futuros abogados a las nuevas tecnologías y a la realidad laboral y social del país.
El proyecto buscaría, entonces, “saber cómo le puede servir el consultorio a los estudiantes, y si puede ayudar a ampliar su campo de acción. También determinar qué tanto le sirve el consultorio a la comunidad y cuál es su impacto social. Pretendemos que la práctica jurídica sea una práctica como la del médico, y no que el consultorio sea, como dicen algunos, un paso inocuo en la formación universitaria”.
Dentro de las iniciativas expuestas, se evidencian el fortalecimiento de los consultorios jurídicos con modelos de gestión para la prestación de servicios de conciliación en casos penales; la incorporación de una herramienta de agendamiento virtual, que permita a los usuarios de LegalApp acordar citas en estos consultorios, y la posibilidad de desarrollar una reforma legislativa que amplíe el marco de acción de los estudiantes que adelanten su práctica en dichos centros. Un programa piloto se pondría en funcionamiento en el transcurso del año 2016.
El estudio
Lo anterior se encuentra en consonancia con lo ya manifestado por la Asociación Colombiana de Facultades de Derecho (Acofade) en un artículo publicado de este periódico, Las prácticas judiciales en las facultades de Derecho (edición 423), en donde se resaltaban las conclusiones de una investigación realizada por Acofade al Ministerio de Justicia (2014), que revelaba la existencia de graves problemas en las prácticas actuales de los estudiantes de las facultades de Derecho del país. Allí se evidencia el atraso que tiene la actual legislación en la materia, dado el gran avance que ha tenido la práctica de asistencia jurídica como “abogados de pobres”.
En primer lugar, los estudiantes de Derecho interrogados a lo largo y ancho del país manifiestan un desgano general por realizar prácticas impuestas, no siempre en la disciplina de su escogencia, en lugares generalmente deprimidos socialmente y en condiciones poco aptas para el ejercicio profesional. En segundo término, señalaron querer realizar prácticas empresariales en centros de arbitraje, en juzgados, contralorías, personerías, procuradurías, defensorías, tribunales y altas cortes. Y, en tercer lugar, no veían reflejado el interés de dichas prácticas en los planes de estudio o en las investigaciones y libros que publicaban las universidades.
Es decir, para los estudiantes de Derecho, los problemas importantes que se reflejaban en los consultorios jurídicos: maltrato infantil, violencia familiar, despidos laborales, desplazamiento, alimentos etc., nunca llegaban como temas de reflexión a las aulas, a las líneas de énfasis o a las investigaciones realizadas en los centros jurídicos. Pareciera, como lo revelaba otra publicación en este medio, La necesaria reforma a la formación jurídica en Colombia (edición 393), que existiera una importante brecha entre la formación y la práctica jurídica en las facultades de Derecho del país.
Los encuestados piensan mayoritariamente que la práctica judicial estudiantil sería mucho más significativa para su formación si tuvieran la oportunidad, como lo hacen los médicos y los administradores de empresas, de realizar una práctica empresarial o institucional seria, con un contrato determinado, sueldo, prestaciones sociales y cubrimiento de riegos profesionales, como lo exigen actualmente el Decreto 1295 de 1994, reformado por la Ley 1562 del 2012 y el Decreto 55 del 2015.
Mayor actualidad
Esa modernización de las prácticas jurídicas estarían en armonía con las actuales actividades que se vienen realizando en algunas facultades de Derecho, completamente externas al consultorio jurídico, y más atractivas para los actuales practicantes: notarías académicas, conciliaciones universitarias, personerías y contralorías estudiantiles, grupos de acción pública, clínicas jurídicas, apoyo a ONG, redes comunitarias, juntas de acción universitarias, asistencia radicales vía on line, entre otras.
Debemos entonces reflexionar conjuntamente para sacar adelante una buena iniciativa del Ministerio de Justicia, que, en principio, quiso descongestionar los juzgados del país con el tratamiento de sus pequeñas causas, pero que hoy solo desanima a los estudiantes de Derecho, por ver en esas prácticas únicamente desorden y malestar. Podríamos pensar, como ya se anunció también en este quincenario, Clínicas jurídicas, espacios para mejorar la formación en derecho (edición 421), que tal vez el momento ha llegado para realizar una verdadera transformación en las prácticas de los estudiantes de Derecho, a través del litigio de alto impacto, con la conformación de clínicas jurídicas y grupos de acción pública, que pudieran realizar acciones importantes de veedurías en la implementación de las políticas públicas que realiza el gobierno.
Lo anterior permitiría a los estudiantes de las facultades de Derecho interponer acciones populares y de grupo y velar por el adecuado desarrollo económico, social y ambiental de sus comunidades.
¿Hora de reformar?
En resumidas cuentas, la hora de la reforma a las prácticas jurídicas parece haber llegado. Necesitamos modernizar la legislación que las regula, por no estar más en armonía con los importantes desarrollos que ha tenido la educación por competencias en nuestro país, que, según estudios ya expuestos en ÁMBITO JURÍDICO, El aprendizaje y la formación por competencias en Derecho (edición 405), exigen una mayor coherencia entre la formación teórica y la práctica profesional de los abogados en Colombia.
Sea esta la oportunidad para abandonar, de una vez por todas, la peyorativa, discriminatoria e inconstitucional calificación de “abogados de pobres” a los practicantes jurídicos de las facultades de Derecho (L. 583/00, art. 1º), que por realizar una función social ad honorem, como lo pretende el artículo 2º del Decreto 196 de 1971, no dejan de ser, en su esencia, grandes colaboradores con las autoridades públicas en la conservación y perfeccionamiento del orden jurídico y en la realización de una recta y cumplida administración de justicia.
Una sociedad de posconflicto como la que tenemos que construir ahora, de forma conjunta, merece un poco más de dignidad y respeto para valorar la desprestigiada practica judicial que realizan los soñadores estudiantes de las facultades de Derecho de nuestro país.
*Sección patrocinada. Las opiniones aquí publicadas son responsabilidad exclusiva de Acofade.
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