Estos son los requisitos para que un guion pueda ser tratado como un activo intangible
03 de Septiembre de 2021
Teniendo en cuenta la definición de guion, que según la RAE es un texto en el que se expone, con los detalles necesarios para su realización, el contenido de un filme o de un programa de radio o televisión, este se trata de un intangible, debido a su carácter no monetario, identificable y sin apariencia física.
El guion se puede tratar como un activo intangible siempre que cumpla los siguientes requisitos: (i) es identificable, si surge de derechos contractuales o de otros derechos de tipo legal; (ii) se controla, si la entidad tiene el poder de obtener los beneficios económicos que subsisten en el guion o en la película cinematográfica. Lo anterior se demuestra con la obtención legal de los derechos para explotar el guion; (iii) probabilidad de obtener beneficios económicos futuros, si el guion hace parte de un proyecto cinematográfico que es capaz de generar recursos para la entidad, y (iv) el costo puede medirse de manera fiable, si el guion fue adquirido a un tercero se facilita la medición.
Así las cosas, precisó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, si se trata de un guion comprado a un tercero, la contabilización se medirá por su costo de adquisición. En períodos posteriores al reconocimiento inicial, el costo histórico debe ser amortizado. Conforme a los requerimientos de la NIC 38, se harán pruebas de deterioro cuando exista evidencia de que el valor neto en libros excede el valor recuperable.
Ahora bien, frente a la compra de un guion a un accionista que no fue contratado por la sociedad para ello, por tratarse de una transacción con una parte relacionada, deberá revelarse de conformidad con la sección 33 o la NIC 24, sobre partes relacionadas.
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