Anulan norma sobre ingresos asociados a la etapa de construcción en contratos de concesión o APP
03 de Marzo de 2023
La Sección Cuarta del Consejo de Estado anuló la norma reglamentaria que definió el concepto de ingresos asociados a la etapa de construcción en el contexto del tratamiento tributario de los contratos de concesión y asociaciones público privadas (APP), que el Decreto 2235 del 2017 adicionó al Decreto 1625 del 2016 a través del artículo 1.2.1.25.6.
Adicionalmente, declaró la nulidad del oficio DIAN 012212 del 2018, el cual indicó que como los rendimientos financieros de la empresa en periodo improductivo no cumplen lo establecido en el inciso primero de la norma reglamentaria demandada debían reconocerse en el periodo en que se realicen.
La decisión la tomó al encontrar que bajo el pretexto de desarrollar la ley con la definición del ingreso, el reglamento propició la colisión de dos reglas legales especiales y concretas y desconoció de la dinámica de los contratos de concesión y APP para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios bajo el modelo de “activo intangible”, afectando la seguridad, armonía y coherencia sistemática del debido orden jurídico, con infracción de las normas superiores y consiguiente exceso de la facultad reglamentaria.
Por otro lado, observó la Sala que el oficio acusado es producto de un único ejercicio de subsunción en la preceptiva del artículo 1.2.1.25.6 del DUR, el cual se limitó a aplicar, de modo que la anulación de la norma reglamentaria dejaría desprovisto de fundamento jurídico al aparte acusado de ese oficio, el cual, en consecuencia, ha de correr la misma suerte de tal norma, pues la doctrina e interpretación oficial plasmada en los actos administrativos expedidos al amparo del artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 no puede contrariar la ley (C. P.: Stella Jeannette Carvajal Basto).
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