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Usuario de servicios públicos puede solicitar exclusión de cobros adicionales en su factura

10 de Mayo de 2022

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Una vez configurado el silencio administrativo positivo, el prestador de servicios públicos no puede pronunciarse (Freepik)

Los cobros adicionales no derivados de la prestación de los servicios públicos domiciliarios deben estar previstos en el contrato de condiciones uniformes o contar con un acuerdo previo que los soporte, de manera que para su cobro e inclusión en la factura se debe contar con la autorización del usuario.

Este último, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, puede exigir al prestador la separación del cobro del servicio y el crédito que tenga, con el fin de poder pagar por separado cada una de sus deudas. En este evento, el prestador está obligado a realizar dicha discriminación y a entregar facturas separadas, según le sea solicitado.

Así como la inclusión de estos cobros adicionales originados en la compra de electrodomésticos, seguros, cobros comerciales o aportes de cualquier tipo se da por expresa voluntad del usuario, este mismo puede solicitar su exclusión, ya sea de forma temporal o de manera definitiva, en cualquier momento.

Así mismo, recordó la entidad, el usuario puede cancelar únicamente los valores correspondientes al servicio público domiciliario, para lo cual deberá dirigirse a las oficinas del respectivo prestador o a los puntos donde aquel realice sus operaciones comerciales y solicitar la factura requerida para el pago de dichos valores. El no pago de los cobros adicionales no puede generar la suspensión del servicio público domiciliario.

El usuario inconforme con la factura emitida podrá acudir inicialmente ante el prestador e interponer las peticiones o reclamaciones que estime pertinentes. Una vez resuelta la petición o reclamo y estando inconforme con tal resolución, podrá interponer los recursos dispuestos en la Ley 142 de 1994.  

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