Suspenden por dos meses a juez que decretó una nulidad inexistente
30 de Junio de 2023
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sentencia mediante la cual se sancionó con suspensión en el ejercicio del cargo por dos meses e inhabilidad especial por el mismo término a una jueza que decretó una nulidad inexistente.
Y es que encontró que la funcionaria adoptó una decisión y desconoció el recorrido procesal del asunto, retrotrayendo etapas ya superadas y ocasionando un desgaste innecesario para la administración de justicia.
Para la Comisión, el hecho de que el artículo 13 del Código General del Proceso disponga que las normas procesales son de obligatorio cumplimiento no insta para que su interpretación y aplicación se torne en perjuicio de los intereses de los asociados, pues debe abogar por su fin, por la tutela efectiva de los derechos de los asociados.
Por ello, resaltó que debe prevalecer lo sustancial sobre lo formal en la administración de justicia, labor que demanda un gran esfuerzo y responsabilidad, para lo cual el ordenamiento constitucional ha dotado a los jueces de figuras jurídicas, como la prevista en el artículo 4 de la Constitución, cuya excepción de inconstitucionalidad se alega para que en caso de presentarse contradicciones entre una norma de rango legal y otra de rango constitucional se aplique esta última con el fin de preservar las garantías constitucionales, procediendo para resolver situaciones concretas o subjetivas, de modo que quien la hace efectiva es la autoridad judicial que conoce del correspondiente proceso (M. P.: Alfonso Cajiao Cabrera).
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