Suspenden a abogada por modificar escrito de demanda a “puño y letra”
27 de Diciembre de 2022
La Comisión Nacional de Disciplina Judicial (CNDJ) confirmó la sentencia de un consejo seccional que sancionó a una abogada con suspensión por seis meses en el ejercicio de la profesión por actos fraudulentos y consignar glosas desconociendo el deber de colaborar leal y legalmente en la recta y cumplida realización de la justicia.
El proceso inició con la compulsa de copias que realizó un juzgado, pues la profesional, que actuaba como apoderada de la parte actora (una junta de vivienda comunitaria) dentro de un ejecutivo singular, en el acápite de notificaciones de la demanda escribió en tipografía de computador que la dirección de la demandada se encontraba en el municipio de Guaduas (Cundinamarca), pero luego de que el juzgado dispusiera el rechazo de plano, argumentando que la competencia para conocer del asunto era de los juzgados promiscuos municipales de Guaduas, modificó a “puño y letra” el escrito de demanda e incluyó una nueva dirección y domicilio en la ciudad de Bogotá.
Para la CNDJ, la disciplinada no logró demostrar que la modificación la realizó antes de presentar la demanda, ni que hubiese “olvidado” incluir la dirección al momento de redactarla. Si bien ninguno de los funcionarios del juzgado vio a la abogada realizar el manuscrito, todos los relatos coinciden en que al momento de la radicación la anotación a mano no se encontraba.
También se encontró que la abogada intervino en actos fraudulentos al presentar recurso de reposición y en subsidio de apelación contra la decisión que rechazó la demanda, con el fin de que fuera revocada y se asumiera la competencia del proceso en el juzgado, pues afirmó que como la demandada poseía varios domicilios ella como demandante podía elegir cualquiera de ellos, conducta que para la Comisión fue realizada a título de dolo con el fin de inducir en error a la administración de justicia (M. P.: Carlos Arturo Ramírez Vásquez).
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