Protegen los derechos de una mujer trans privada de la libertad que requiere tratamiento de reafirmación de género
22 de Noviembre de 2023
La Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales a la identidad de género, libertad de expresión, salud y vida digna de una mujer trans recluida en un centro carcelario, quien empezó su tratamiento de afirmación de género con hormonas en parche, por orden médica. No obstante, una vez culminó el primer ciclo, volvió a solicitar el tratamiento en la farmacia del centro carcelario, sin tener respuesta alguna.
Según el alto tribunal, existe una falla estructural que, si bien se presenta en el sistema general de salud, se agrava en los establecimientos penitenciarios, donde persiste un acceso muy limitado y precario a los servicios de salud, lo que se traduce en una amenaza frente a los derechos a la salud, identidad de género y dignidad de las personas trans privadas de la libertad que desean iniciar o continuar tratamientos de afirmación de género.
Se ordenó al Inpec y a la USPEC elaborar una ruta de atención especial para las personas trans privadas de la libertad que solicitan la práctica de los mencionados tratamientos, la cual debe ser vinculante para todos los establecimientos carcelarios y garantizar la participación de dicha población y el apoyo de organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la defensa de los derechos de las personas transgénero.
Así mismo, dispone el fallo, se podrá solicitar el acompañamiento y asesoría del Ministerio de Salud y de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior e incluir un cronograma para la socialización y capacitación del protocolo y atención diferencial en salud para las personas trans para todas la IPS contratadas para la prestación del servicio de salud tanto intramural como extramural a la población privada de la libertad.
Adicionalmente, la corte reiteró el exhorto que hizo en la Sentencia T-218 del 2022 al Ministerio de Salud, respecto de que, en el marco de la competencia prevista en el artículo 173 numeral 2º de la Ley 100 de 1993, emita una guía de práctica clínica, con sus respectivos protocolos, para la atención en salud de las personas trans y, particularmente, para el suministro de los procedimientos médicos de afirmación de género (M.P. Natalia Ángel Cabo).
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