No existe norma que determine cuál debe ser el contenido del botiquín de primeros auxilios
25 de Julio de 2023
En materia de tránsito y transporte no existe norma que determine cuál debe ser el contenido del botiquín de primeros auxilios, por lo que es necesario remitirse a la normativa general en materia de salud, indicó el Ministerio de Transporte.
En efecto, el artículo 30 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769/02) solo enumera los elementos que conforman el equipo de prevención y seguridad, entre los que están un gato con capacidad para elevar el vehículo, una cruceta, un botiquín de primeros auxilios, un extintor y una caja de herramientas básicas. (Lea: Recuerde que no portar el equipo de prevención y seguridad es una infracción a las normas de tránsito).
La entidad recordó que la finalidad del botiquín de primeros auxilios es la atención primaria de salud ante una emergencia en la que se requieran acciones y decisiones médicas inmediatas dada la complejidad de la situación o afección que ponga en inminente riesgo la vida o la salud, el cual está compuesto generalmente por sustancias antisépticas, material de curación, instrumental y medicamentos.
Usualmente, se encuentran diseños que, de acuerdo con su ubicación, pueden ser fijos o portátiles, de variadas formas y colores, los cuales deben seguir un estándar mínimo en su contenido, pudiendo variar de acuerdo con condiciones específicas. Para cada dotación se sugieren listados de medicamentos básicos o de uso médico, según el caso.
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