13 de Diciembre de 2024 /
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Mantenimiento y reposición de la red interna de energía corresponde al propietario o tenedor del inmueble

02 de Agosto de 2021

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Nota:
129891

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios resolvió una consulta relacionada con la obligación de asumir en la facturación del servicio de energía otros cobros diferentes al consumo, como los de mantenimiento de redes, pues en el caso bajo análisis se está cobrando en la factura el arreglo de un medidor externo del cual se conectan otros predios para el suministro.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 144 de la Ley 142 de 1994, es obligación de los usuarios reparar o remplazar los instrumentos de medición cuando se establezca que su funcionamiento no permite determinar en forma adecuada los consumos o cuando el desarrollo tecnológico ponga a su disposición instrumentos de medida más precisos.

Por lo tanto, cuando sea necesario realizar un cambio del medidor, bien sea por avances tecnológicos o por mal funcionamiento, el prestador del servicio lo informará al suscriptor o usuario, quien deberá remplazarlo o repararlo, según sea el caso. Si pasado un periodo de facturación el usuario incumple dicha obligación legal, el prestador podrá hacerlo por cuenta del usuario o suscriptor.

 

Redes internas

Ahora bien, la regulación del servicio de energía eléctrica definió las instalaciones o redes internas como el conjunto de redes, accesorios y equipos que integran el sistema de suministro de energía eléctrica al inmueble, a partir del medidor. Así mismo, indicó que la instalación, mantenimiento y reposición de dichas redes es responsabilidad de los propietarios o tenedores del inmueble.

Para determinar a quién le corresponde asumir los costos de mantenimiento y reparación de redes se deberá determinar: (i) cuál instalación o red es la que presenta el daño (interna o externa) y (ii) quién es su propietario o tenedor.

Así las cosas, de verificarse que el daño reportado corresponde a las instalaciones o redes internas, los costos de reparación deberán estar a cargo del suscriptor del servicio, siempre y cuando este sea el propietario o tenedor. En todo caso, para la reparación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas se deberá contar con personal capacitado y calificado en la materia, atendiendo los procedimientos aplicables.

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