27 de Septiembre de 2024 /
Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Deber de identificar a quienes intervienen en actos sujetos a registro no aplica en la constitución de patrimonio de familia (3:33 p.m.)

27 de Octubre de 2014

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Nota:
98116
La causal de devolución de documentos sometidos a registro por falta de citación de los documentos de identidad de los intervinientes en el acto y, por ende, la obligación de utilizar la casilla correspondiente no resulta aplicable en casos como la constitución del patrimonio de familia, pues no existe una persona en particular como beneficiaria, sino un número indeterminado, precisó la Superintendencia de Notariado y Registro. A pesar de la obligación que tiene el funcionario calificador o quien haga sus veces de diligenciar la casilla de los números de identificación de las personas en el correspondiente folio de matrícula, en los términos del artículo 10 de la Ley 1579 del 2012, la entidad tuvo que recordar su cumplimiento a través de las instrucciones administrativas 05 del 2013 y 08 del 2014.

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